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El detective del Siglo XXI. Antonio J. García-Berbel


Cuenta una leyenda que hace 135.000 años hubo un evento climático catastrófico, que provocó sequías devastadoras en África. Sólo quedaron 600 humanos sobre la Tierra, “en peligro de extinción”. En aquellas circunstancias, los aventajados fueron los que tenían espíritu aventurero, porque había que emigrar para sobrevivir. Los que decidieron apalancarse y no correr riesgos, bien por falta de capacidad, o por falta de interés, no subsistieron.
 
En nuestros días, el desarrollo cibernético y tecnológico provoca una profunda convulsión en todos los órdenes de la vida y, por supuesto, en todas las profesiones y oficios, incluso en los artesanales. Adaptarse a estos tiempos es una necesidad para sobrevivir.
 
¿Cómo afectan los cambios a la actividad del detective?
 
La investigación privada es una profesión multidisplinar, muy dinámica y transversal. El detective es por naturaleza un profesional creativo, que, junto a la inteligencia racional, analítica y lógica, desarrolla el pensamiento elástico, ese que permite afrontar los retos de la novedad y el cambio sin descolocarse, porque conjuga intuición y experiencia.
 
Los trabajos que realizan los detectives podemos distinguirlos en dos tipos. En el primero incluimos los “encargos reactivos enfocados a resolver conflictos” (por ejemplo, acreditar un fraude laboral, una estafa, una competencia desleal, el incumplimiento de los deberes inherentes al ejercicio de la patria potestad, etc...). Los informes de estos encargos suelen acabar en el juzgado.
 
En el segundo grupo, están los “encargos creativos enfocados a proyectos. A estos encargos los denominamos en nuestra agencia “trabajos CNI” (Contratación, Negociación o Inversión). Normalmente son encargos hechos por empresas y el objeto es obtener información relacionada con algún negocio o proyecto. Estos informes no son para dirimir controversias, ni tienen como destinatario final un juzgado.
 
Newton estableció en su primera ley del movimiento que “todo cuerpo persevera en su estado de reposo o movimiento uniforme y en la misma dirección y velocidad a no ser que sea obligado a cambiar su estado por fuerzas netas impresas sobre él”.
 
La transición digital y el entorno compliance son dos “fuerzas netas” newtonianas que impulsan a los detectives hacia nuevas áreas de actividad, y a reivindicarlas como propias.
 
  1. La transición digital.
 
Crecimiento tecnológico y aumento del cibercrimen, en toda su tipología, parece una ecuación. Los datos del Portal Estadístico de Criminalidad son alarmantes.
 
Los detectives especializados en ciberinvestigación y los peritos informáticos deben tener el protagonismo que merecen en la investigación de la ciberdelincuencia y de la delincuencia económica (en alguno de los 14 tipos distintos de delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico que existen).
 
En la prevención de la ciberdelincuencia, abundan las experiencias positivas de detectives especialistas en ciberseguridad que han evitado incidencias (delitos) en empresas y organizaciones, que, de haberse producido, habrían tenido repercusiones graves de orden legal, económico o reputacional. En este sentido, la colaboración entre detectives e informáticos (ingenieros, peritos, etc…) es cada vez más habitual. Sin embargo, todavía falta concienciación en determinados sectores empresariales sobre la importancia de adoptar medidas anticipativas de ciberseguridad.
 
La investigación con recursos de acceso público, o en fuentes abiertas (OSINT), abre un abanico de posibilidades a la investigación privada. La investigación en fuentes abiertas es un recurso absolutamente necesario, omnicomprensivo y polivalente, que está al alcance de cualquier persona con una mínima formación.
 
  1. Investigación en el entorno compliance.
 
El entorno compliance es la otra fuerza newtoniana que impulsa al detective a reivindicar el lugar que le corresponde. La transposición a nuestra cultura de ciertos modelos angloamericanos de cumplimiento corporativo está creando espacios a la investigación, en su doble vertiente, reactiva y creativa.
 
Los equipos investigadores encargados de investigaciones internas para averiguar si una persona jurídica cometió un delito, y quién es el responsable, deben estar compuestos por el compliance officer, los abogados y los detectives.
 
Incorporar un detective al equipo responsable de la investigación interna garantiza que la organización dispone de recursos con capacidad, autonomía e independencia para las realizar las investigaciones pertinentes (UNE 19601:2017, 8.8). Hemos visto en estos años algunas empresas y organizaciones con estándares de responsabilidad muy exigentes, que, además de integrar detectives en los equipos investigadores, los contratan como analistas de cumplimiento.
 
Antes de la publicación de la Ley 2/2023, de protección del denunciante de corrupción (que obliga a determinadas empresas y entidades a tener canales de denuncia) la doctrina jurídica más autorizada era unánime en sostener que el detective privado es el profesional habilitado para comprobar infracciones conocidas a través de los Sistemas Internos de Información de las organizaciones (Vid. Lafont Nicuesa, L. “La participación del detective privado en la investigación interna de delitos corporativos”, Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 10024, 2022).
 
Por último, unos breves apuntes sobre el monopolio del Estado para investigar delitos y la necesidad de una profunda reforma legislativa de la figura del detective privado.
 
La evolución social y la necesidad de adaptar la legislación española al marco normativo europeo exige el levantamiento del veto previsto en la Ley de Seguridad Privada a la investigación por detectives de delitos perseguibles de oficio. La prohibición no tiene sentido, es ilegal y lesiona un derecho fundamental, como es el que tienen las partes a utilizar los medios de prueba para buscar soluciones justas. Cada vez son más las voces autorizadas que claman por la derogación de la prohibición, “incorporando en condiciones de seguridad jurídica, y sin dudas sobre el respeto a la Ley de Seguridad Privada, a profesionales cualificados que harán más efectivas las investigaciones penales” (Lafont Nicuesa, L. “La investigación física y tecnológica de crímenes por el detective y su valor probatorio”, Sepín, 2023, p. 13).
 
A modo de conclusión.
 
La postmodernidad es una gran oportunidad para los profesionales de la investigación privada. Ni las máquinas, o las mejores aplicaciones informáticas, podrán sustituir la inteligencia elástica de los detectives.
 
La complejidad de los encargos de investigación es cada vez mayor, y requieren el trabajo colaborativo de equipos multidisciplinares.
 
El legislador debe colmar las lagunas normativas en la que se mueven los detectives para dar el encaje legal que merece su función y seguridad jurídica.
 
Urgen una regulación clara y precisa del estatuto jurídico de los detectives privados.
 
Antonio J. García-Berbel
Abogado. Dr. en Derecho. Detective.
Socio de Grupo Compliance.
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