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CANAL ÉTICO CUMPLEN


El Canal ético tiene su fundamento en la necesidad de que los propios empleados, asociados y terceros interesados puedan trasladar las infracciones penales que conozcan y/o consultas que tengan al Comité de Ética y Cumplimiento.

El Canal es un medio indispensable para el conocimiento general de las infracciones cometidas en la Asociación. De hecho, el Canal responde a los requisitos que impone a los modelos de organización y gestión y que quedan establecidos en el artículo 31.bis. 5 CP; así se regula que: los modelos de organización y gestión (…) 4º Impondrán la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención.

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